La persona que haya sido así entregada será mantenida bajo custodia en el Estado Requirente, debiendo ser devuelta al Estado Requerido posteriormente de terminar el proceso contra dicha persona a tenor de las condiciones que se determinen por acuerdo entre las Partes Contratantes. Si el tribunal decide a atención https://jeffreyzultz.blazingblog.com/29812137/la-mejor-parte-de-república-dominicana